La Asociación Americana de Pediatría señala en su «Informe sobre las familias» del año 2003 que «las familias son la influencia principal y más duradera en la vida de los niños».
Respecto a esto, se suele argumentar que variables como el respeto, el cuidado, la comunicación, la falta de conflictos y las sanas expresiones de amor, siendo cruciales para el buen desarrollo de los hijos, no son exclusivas de las parejas heterosexuales. Este razonamiento citado justificaría sociológicamente la posibilidad de legislar sobre la adopción de niños por parte de parejas homosexuales. Sin embargo, desde la perspectiva sanitaria de los que nos preocupa la atención al niño, sano o enfermo, la cautela, cuando no el recelo, aparecen al considerar en profundidad algunas de estas propuestas.
Exigimos a la industria farmacéutica el seguimiento de unos protocolos estrictos antes de autorizar el uso de de un nuevo fármaco en niños. Pedimos a los investigadores que cumplan fielmente los códigos que salvaguardan los derechos del individuo en la experimentación. Y, sin embargo, parecen bastarnos unos pocos estudios, algunos con sesgos evidentes, con un escaso número de individuos y con un seguimiento, por lo general, muy reducido en el tiempo, para asegurar no sólo la ausencia de efectos negativos sino incluso las bondades de este tipo de situaciones.
Con independencia de la «demanda social» para legalizar esta práctica – en los datos del Censo español de 2001, sólo aparecen registradas 10474 parejas homosexuales, el 0,11% del total de parejas; en Noruega, donde existe un registro de parejas homosexuales desde 1993, la incidencia de éstas es de 7 uniones por cada 1000 matrimonios; en Suecia, con registro desde 1995, el 5 por mil- se hacen necesarias algunas apreciaciones sobre las características de estas uniones: La adopción consiste en crear entre dos personas una relación semejante, desde el punto de vista jurídico y social, a la que hay entre dos personas y sus hijos biológicos.
El vínculo de la filiación adoptiva debe construirse, por tanto, a imagen del vínculo de filiación biológica: un padre, una madre, un hijo. Esto no supone discriminación alguna para los homosexuales, pues la pareja homosexual es tratada por el Derecho del mismo modo que, por ejemplo, dos hermanos del mismo sexo que quieran adoptar conjuntamente un niño (sin ser homosexuales) o dos amigas (no lesbianas) que quieran hacer lo mismo: tampoco ellos pueden adoptar.
Las uniones homosexuales tienen un riesgo mucho mayor de ruptura que los matrimonios: en un estudio realizado en Suecia y Noruega se muestra que el riesgo de divorcio es 1,5 veces superior en el caso de uniones gays y 2,67 veces superior en el caso de lesbianas que en el de matrimonios. Aunque son pocos los estudios sobre la duración de la relación homosexual, no es infrecuente su brevedad, sobre todo en el homosexual practicante con elevada promiscuidad –un año y medio de media-. En algunos estudios poblacionales amplios se cita que en la relación homosexual la «fidelidad sexual» no existe. ¿Es esto lo mejor para los niños adoptados?
Hay que recordar, además, que según la legislación española pueden adoptar los matrimonios, las parejas heterosexuales con un mínimo de tres años de convivencia y también las personas solas. En países como el nuestro donde la mayoría de adopciones son internacionales – en la Comunidad de Madrid, p. ej. en 2003 se adoptaron sólo 62 bebés- de poco serviría modificar la legislación española si no cambiara también la de los países que proporcionan niños para adoptar: Para que las parejas homosexuales pudieran adoptar tendría que dirigirse sólo a países como Suecia, Holanda, Dinamarca, que reconocen esta posibilidad, ¡pero donde los niños adoptables son tan escasos como en España!.
Por otra parte, estudios de Psicología clínica y Psiquiatría encuentran que los niños criados en hogares homosexuales son más propensos a experimentar confusión sexual en la adolescencia. Demasiados aspectos negativos para considerar razonablemente viable la adopción de niños por parte de parejas del mismo sexo.
José Manuel Moreno Villares
Pediatra. Hospital Universitario 12 de Octubre
(Revista Médica nº 54, Julio 2005)