Art Libertadprivilegio

¿Es un privilegio la libertad?

No suelo sorprenderme ante la manipulación del lenguaje que se observa de modo habitual en los medios de comunicación.

De hecho, todos estamos ya acostumbrados a que se denomine «daños colaterales» a las matanzas de civiles durante una guerra, «inmolación» al suicidio de un terrorista e, incluso, «enemigo del pueblo» a una persona como el Dalai Lama.

Sin embargo, he de confesar que la noticia de que la Unión Progresista de Fiscales (UPF) pretende que los médicos de la Sanidad pública no puedan negarse a practicar abortos me ha logrado desconcertar ya que no esperaba encontrar el término » progresismo» asociado al de negación de las libertades.

Estos fiscales, al parecer han solicitado, además, que no se permita la objeción de conciencia ni en el personal sanitario ni en el farmacéutico, lo que supone una visión muy particular del concepto de progresismo, que suele ir unido precisamente a la conquista de las libertades civiles. Es de esperar que, trascendiendo el ámbito médico y por el mismo motivo de obligada obediencia a la Ley, considerándola como el incontestable manantial de la ética ciudadana, estos expertos profesionales del Derecho nieguen asimismo la posibilidad de objeción de conciencia al servicio militar en los países en que éste sigue siendo obligatorio y supongo que, en caso de vivir en un régimen totalitario, aplicarían la normativa sobre la pena de muerte, recuperarían el concepto de la censura ideológica y enviarían a prisión a los disidentes políticos siguiendo sus fundamentadas ideas progresistas de cumplir la legislación vigente a toda costa y sin posibilidad de réplica.

En contraste con esta visión, realmente tan poco progresista, el Código de Ética y Deontología Médica impone al médico la independencia y la libertad, no como un derecho deseable, sino como un deber exigente: «El médico debe disponer de libertad de prescripción y de las condiciones técnicas que le permitan actuar con independencia» , ratificándose todo ello en nuestra Constitución, que garantiza el derecho a que nadie sea discriminado por razón de sus opiniones o ideología y, confirmándose, posteriormente, el derecho a la objeción de conciencia en la circunstancia concreta del caso de aborto en la Sentencia 53/1985 del Tribunal Constitucional.

Parece de interés, por tanto, recordar que la Ley no es la fuente de la ética ni de la moralidad, aunque sí suele ser el reflejo del consenso mayoritario de una sociedad sobre lo que se considera aceptable o condenable. Respecto al reconocimiento de la objeción de conciencia, éste es el resultado de la maduración política y cultural de las sociedades modernas, que la aceptan como una expresión más de la libertad ideológica y/o religiosa de sus ciudadanos, incluyéndose entre los derechos fundamentales de todos.

En definitiva, seamos los médicos más o menos progresistas o conservadores, ojalá estemos todos de acuerdo en que con nuestra libertad no se juega.



Dr. José Jara Rascón
Urólogo Andrólogo. (Revista Médica nº 42, Julio 2004)