ANDOC ofrece un sencillo vídeo en el que explica en qué consiste y cuáles son los fundamentos de la objeción de conciencia. En España este derecho está amenazado seriamente con la práctica del Registro de objetores, que el gobierno pretender extender a más ámbitos sanitarios
19/09/2021 DiarioMedicoLos profesionales piden triplicar el número de psicólogos y una Estrategia Nacional frente al Suicidio, que se cobra la vida de 10 personas al día en España y amenaza con crecer.
España sigue sin disponer de una estrategia o un plan nacional para prevenir el suicidio y sin dotar suficientemente a la atención primaria de recursos para poder realizar una detección y actuación precoz.
El médico oncólogo Rafael Nñuñez nos ofrece un profundo análisis sobre la reciente Ley de la eutanasia aprobada en España
libros de historia pero que forman parte de ella, pues se trata de realidades sociales que han influido poderosamente en la vida de muchas personas y han ejercido una influencia en las legislaciones, medios de comunicación y valores sociales de una época determinada.
Así inicia el estudio realizado por la Dra. Alicia LaTorre en la defensa de su tesis doctoral.
Comunicado de la Asociación Española de Bioética, AEBI, ante la entrada en vigor de la ley de regulación de la eutanasia en España.
Por Venancio Carrión
25/0702021 La Comisión de Ética y Deontología del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid ha elaborado un informe sobre el el proyecto de decreto presentado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se crean y regulan el Registro de profesionales sanitarios objetores a la prestación de ayuda a morir y la Comisión de Garantía y Evaluación de la Comunidad de Madrid en cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo de regulación de la eutanasia que dispone que las administraciones sanitarias crearán un registro de profesionales sanitarios objetores. El Dr. Rafael Del Río, presidente de la Comisión, ha declarado ante la aprobación del documento que “la creación de un registro de objetores es innecesaria como forma de articular el derecho a la objeción, inoperativa en orden a garantizar la prestación y lesiva con aspectos nucleares de este derecho fundamental de todos los profesionales sanitarios”.