¿Hay nuevos derechos humanos nacidos de la Neurociencia?

25/4/2021 Diario médico  Visto que los avances en la neurociencia algún día podrían facilitar el acceso a la conciencia y a los procesos cognitivos de las personas, se va imponiendo que el Neuroderecho se vincule a los derechos humanos, ampliando su visión con los conceptos de integridad física, psíquica y moral. ¿Hay nuevos derechos humanos nacidos de la Neurociencia? La comunidad científica conviene desde hace más de un lustro en la necesidad de reconocer un grupo de neuroderechos para protegernos de los daños de las neurotecnologías y otras técnicas que podrían llevar a la manipulación del cerebo.

Para Rafael Junquera, catedrático de Filosofía del Derecho en la UNED, “el Neuroderecho sería la parte del Bioderecho que puede dotar al sistema jurídico-penal de nuevas estrategias de exculpación desde la neurociencia. Y también sirve para ofrecer recursos para profundizar en incapacidades o internamientos judiciales y en pruebas para detectar el dolor y sus grados”. El experto subraya la utilidad de la prueba pericial neurocientífica y las implicaciones del Neuroderecho en las normas, la persona, la acción el consentimiento, la consciencia, la capacidad y la responsabilidad (imputabilidad y dolo).

Durante su intervención en el VII Congreso Internacional de Bioderecho, organizado por la Universidad de Murcia, ha afirmado que la neurociencia puede contribuir a detectar supuestos de personas que por su grado de capacidad no sean capaces de analizar los riesgos que entrañaría una determinada intervención, pero ahí jugaría un papel la neuroimagen. “Es decir que la neurociencia asesora sobre el estado mental concreto de una persona para un acto o situación jurídica determinada. Y los avances neurocientíficos permiten predecir si los tratamientos aplicables a personas con déficit de capacidad o con capacidades especiales posibilitarán la restauración de sus capacidades en términos jurídicos”.

Recalca que en el campo de la responsabilidad la neurociencia cognitiva puede ayudar a discernir la improcedencia de la pena de muerte en supuestos de enjuiciamiento de menores: grado de racionalidad cerebral, edad biológica o cronológica. Y recuerda las posibilidades de la neurociencia en este ámbito para la revisión de sentencias firmes, control y seguimiento de condenas e información referente al delito.

Los neuroderechos esenciales

Junquera coincide en la línea de trabajo del neurobiólogo Rafael Yuste (Universidad de Columbia), promotor de la iniciativa Brain (Investigación del Cerebro a través de Tecnologías Avanzadas e Innovadoras, en sus siglas en inglés) lanzada en 2013 en Estados Unidos, y también en defensa de los derechos que será necesario proteger relacionados con la “invasividad” cerebral que podrían propiciar esas tecnologías.

Serían nuevos derechos los descritos inicialmente en un artículo que la revista científica Life Sciences, Society and Policy publicó en 2017 y que algunos expertos han postulado ante la ONU: libertad cognitiva, continuidad psicológica, integridad mental e intimidad/privacidad mental. Y es que, reconociendo que todos esos avances neurotecnológicos pueden ser muy beneficiosos para los individuos y la sociedad, investigadores del Instituto de Bioética de Basilea quisieron alertar de que “también pueden crear amenazas sin precedentes a la libertad de mente y a la capacidad del individuo para gobernar su propia conducta” .

Junquera ha explicado que la continuidad psicológica tiene el objetivo de preservar la propia identidad y prevenir eventuales modificaciones de conducta provenientes de actos no consentidos de terceros. ”Esa continuidad se refiere a los pensamientos habituales, las preferencias, las opciones personales, mediante la protección del funcionamiento cerebral, en el supuesto de que se usara la estimulación magnética craneal para modular las regiones cerebrales encargadas de los prejuicios sociales, las opiniones políticas o las creencias religiosas”, refiere.

La libertad cognitiva es el derecho de los individuos a emplear los medios tecnológicos emergentes y su protección frente a los usos no consentidos de esos medios, y según el experto “el alcance de este derecho conlleva la libertad de cambiar la propia mente, la protección de la intervención en mentes ajenas y la obligación legal y ética de promover la libertad cognitiva”, es decir que un paciente podrá negarse a someterse a técnicas que le alteren su estado mental.

La intimidad/privacidad mental se refiere a técnicas que pueden permitir la lectura de la mente o grabaciones cerebrales que puedan operar como identificadores biométricos únicos. “Sobre todo se quiere proteger el derecho a que no nos lean la mente, ya que la investigación neurocientífica está avanzando deprisa en ese campo y podría hacerse al menos parcialmente”.

Por último, la integridad mental se refiere a no permitir injerencias en el cerebro que puedan ocasionar un impacto en el propio proceso de computación mental. Ya existen neurotecnologías persuasivas, como las aplicaciones que llevan interfaces cerebro-computadora para controlar dispositivos o hacer una monitorización neurológica.
Aspectos bioético-legales que preocupan a los clínicos

El futuro de la neurocirugía trasciende las aplicaciones del pasado, una era mecánica en la que principalmente se hacía una manipulación física a “cerebro abierto”, para una cirugía reparativa cuando el paciente buscaba curar su dolencia y el cirujano actuaba como asesor de salud. “Actualmente en la era biológica de la neurocirugía se manipula el tejido a nivel celular. Las intervenciones pueden ser reparativas o aumentativas; el individuo podría buscar curarse de una enfermedad o mejorar su biología, y el cirujano es un intermediario necesario para alcanzar el estado vital deseado”.

Son las diferencias establecidas por Rubén Martín Láez, jefe de servicio de Neurocirugía-Unidad de Raquis del Hospital de Valdecilla, que en el mismo foro ha recorrido las fronteras éticas en el uso de la estimulación cerebral profunda, las terapias con células madre, los implantes neurales, las interfaces cerebro-computadoras, las neuroprótesis y la robótica. Y en un plano que parecería de ciencia ficción, pero ya no lo es, se ha planteado los dilemas éticos del transhumanismo con fines de mejorar el cerebro. Ya se conocen casos de implantes neurales para sismodetección, espectro lumínico, barometría ecolocalización y magnetismo. Son casos de neurotecnología aumentativa que este cirujano cree que serán un factor de desigualdad social.

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Entre otros aspectos, Martín Láez reclama la necesidad de regular legalmente el uso de los sistemas robotizados porque cuando se da un fallo no humano en su utilización no está claro de quién sería la responsabilidad: ¿del diseñador del sistema? (ingeniero); ¿del departamento comercial? (industria); ¿del hospital? (Administración) ¿o del operador del sistema? (cirujano). “Pero aún hay más. Me pregunto qué ocurriría si el robot resulta hackeado durante una cirugía y se suplanta al operador del sistema para causar un daño deliberado en el paciente….”, plantea el neurocirujano.

En una reciente encuesta sobre qué esperan los individuos de la neurotecnología las respuestas han sido bastante sorprendentes: mejoras cognitivas (61%), redefinir los límites biológicos (14%), mejorar el carácter (11%), interactuar con el Internet de las Cosas (9%) y curar la enfermedad (6%). “Es una perspectiva social con derroteros que no se alinean con lo que esperamos los médicos”, sentencia Martín Láez.